• Por el presente acuerdo,

    • Vivendo Entre Peludos con NIF 53667568N y con domicilio social en C/ Fuente del Toro 20, Portal 4, 1ºE, El Molar, Madrid, desarrolla la actividad de Servicios de Adiestramiento, Educación Canina y Gestión del comportamiento.

    • D/Dª mayor de edad, a partir de ahora denominado EL CONTRATANTE, de nacionalidad con domicilio (dirección y código postal) a efectos de este contrato en con teléfono con email y provisto de NIF en vigor con número EL CONTRATANTE actúa en calidad de cliente y en representación propia.

    • Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para firmar el presente contrato, que se establece en los siguientes puntos:

    1. 1. Que EL CONTRATANTE tiene interés en contratar los servicios de Vivendo Entre Peludos de aplicación a (nombre del perro) con número de chip de acuerdo a las tarifas informadas previamente y enviadas por email y acepta sus condiciones mediante la firma del mismo.

    2. 2. Obligaciones de ambas partes.

      1. 2.1. Vivendo Entre Peludos se compromete expresamente a:

        1. 2.1.1. Prestar los servicios propuestos y aceptados mediante la firma del presente contrato en las condiciones generales y específicas de tarificación y política de pagos vigentes para el año en curso y reflejados en el presupuesto previamente aceptado por el cliente.

        2. 2.1.2. Mantener en vigor y al corriente de pago el Seguro de Responsabilidad Civil, cuya cuantía es de 300.000€ en conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, que dé cobertura a los daños corporales, daños materiales y perjuicios consecutivos causados involuntariamente a terceros durante la explotación de la actividad asegurada por cualquier hecho derivado de su desarrollo, incluyendo el trabajo con perros potencialmente peligrosos, sin que éste sustituya en ningún caso al Seguro de Responsabilidad Civil obligatorio que deben tener los propietarios de perros según la legislación vigente.

        3. 2.1.3. Fijar con EL CONTRATANTE unos objetivos orientados a unos resultados e informarle en todo momento de la evolución y grado de éxito del adiestramiento/educación/gestión del comportamiento.

        4. 2.1.4. En caso de cancelación por parte de Vivendo Entre Peludos de un servicio ya iniciado de adiestramiento/educación (por incumplimiento de contrato por parte del CONTRATANTE), se devolverá el 100% del equivalente al servicio abonado y no prestado. En caso de cancelación por parte del CONTRATANTE por causas ajenas a Vivendo Entre Peludos, se devolverá el 50% del equivalente del servicio abonado y no prestado.

        5. 2.1.5. En caso de cancelación por parte de Vivendo Entre Peludos de un servicio de gestión del comportamiento ya iniciado (por incumplimiento de contrato por parte del CONTRATANTE), devolverá el 100% del equivalente al servicio abonado y no prestado cuando se hayan adquirido bonos de sesiones. En caso de cancelación por parte del CONTRATANTE por causas ajenas a Vivendo Entre Peludos y en caso de la adquisición de bonos de sesiones, se devolverá el importe ajustando dicha devolución conforme al sobrante de las sesiones consumidas a precio de sesión individual.

        6. 2.1.6. En caso de obtener un mal resultado en los servicios contratados de adiestramiento, educación y/o gestión del comportamiento, por causas imputables a Vivendo Entre Peludos, sin obtener ningún tipo de resultado, se devolverá el 100% del importe abonado por el cliente.

      2. 2.2. EL CONTRATANTE se compromete expresamente a:

        1. 2.2.1. Cumplir con las pautas indicadas por los profesionales de Vivendo Entre Peludos para los servicios contratados de cara a obtener los objetivos acordados entre ambas partes y acompañantes como anexo al presente contrato. En caso de no querer poner en marcha dichas pautas, el cliente queda informado del riesgo de que el adiestramiento, educación o gestión del comportamiento no alcance los objetivos propuestos, eximiendo por tanto de toda responsabilidad a Vivendo Entre Peludos respecto a los resultados obtenidos al finalizar el servicio. En el caso de servicios de gestión del comportamiento, las sesiones necesarias para la resolución del problema nunca pueden establecerse y dependen totalmente del grado de aplicación e implicación del cliente en la terapia. La intervención se dará por finalizada cuando así lo establezca Vivendo Entre Peludos junto con EL CONTRATANTE, pero el alta del perro lo establecerá Vivendo Entre Peludos y no dependerá del número de sesiones contratadas por el cliente.

        2. 2.2.2. Abonar a Vivendo Entre Peludos el importe de acuerdo con las condiciones estipuladas en las tarifas y política de pagos vigentes para el año en curso y previamente informadas mediante el presupuesto. El abono debe realizarse por trasferencia bancaria a la cuenta que se adjunta en el presupuesto.

        3. 2.2.3. Notificar con antelación de 24h la cancelación o cambio de una sesión de trabajo a fin de que los profesionales de Vivendo Entre Peludos puedan ajustar su agenda. En caso contrario, la sesión se dará por realizada. En cualquier caso, se analizarán las causas del cambio o cancelación y quedará a criterio del profesional la aplicación de esta cláusula.

        4. 2.2.4. Aceptar que en cualquier tratamiento o servicio que contrate con Vivendo Entre Peludos, el bienestar del perro prevalece por encima de los intereses, objetivos y necesidades del cliente. En caso de conflicto, y por ética profesional, Vivendo Entre Peludos no accederá a satisfacer la demanda del cliente cuando suponga una práctica nociva, peligrosa o considerada como maltrato animal por las leyes vigentes o sencillamente Vivendo Entre Peludos no considere que sea una práctica ética para con el perro.

        5. 2.2.5. Actualizar cualquier dato que pueda afectar a la relación comercial entre EL CONTRATANTE y Vivendo Entre Peludos a través del email info@viviendoentrepeludos.com desde el mismo momento de su modificación, a fin de evitar cualquier conflicto que pueda suponer el incumplimiento del presente contrato.

        6. 2.2.6. Permitir a Vivendo Entre Peludos hacer uso de la información relativa al caso sobre el servicio recibido, de cara a constituir parte del archivo de Casos de Vivendo Entre Peludos y mejorar la calidad del servicio mediante el trabajo en equipo.

        7. 2.2.7. Los propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos deberán estar en posesión del certificado de aptitud exigido por la legislación vigente así como de la certificación de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.

        8. 2.2.8. En el cumplimiento del Artículo 6.2 de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales de la Comunidad de Madrid, todos los propietarios de perros quedan obligados a contratar un Seguro de Responsabilidad Civil, por la cuantía que reglamentariamente se determine, en el plazo de un mes desde la identificación del mismo.

    3. 3. Responsabilidades:

      1. 3.1. Que el perro disponga de seguro vigente. EL CONTRATANTE asume la responsabilidad de lo que ocurra fuera de las sesiones de trabajo, eximiendo de toda responsabilidad al profesional y a Vivendo Entre Peludos.

      2. 3.2. Si el perro causara daños a la propiedad, mordiera o lesionara a cualquier perro, animal o persona durante o después de la vigencia de este contrato, el cliente asumiría la responsabilidad de los daños incurridos, así como el pago de las pérdidas y costes resultado de reclamaciones, demandas, juicios, pérdidas o gastos provenientes de terceros, siempre y cuando estos hechos ocurran fuera de las sesiones de trabajo con los profesionales de Vivendo Entre Peludos dado que no pueden responder por las actuaciones del cliente, máxime si se han obviado las medidas de seguridad indicadas por Vivendo Entre Peludos para evitar el daño o agresión del perro. Este supuesto será de aplicación también en caso de que el daño se produzca al profesional de Vivendo Entre Peludos en las mismas circunstancias cuando se ignoren las medidas de seguridad comunicadas por éstos al cliente con antelación al servicio.

      3. 3.3. Si el perro sufriera daños físicos durante o después de la vigencia de este contrato fuera de las sesiones de trabajo con Vivendo Entre Peludos, el cliente asume el riesgo y acuerda que el profesional no debe ser considerado responsable de cualquier resultado de pérdidas, daños o gastos.

      4. 3.4. Sin limitar la generalidad de lo anterior, el cliente reconoce que el profesional no garantiza que el perro no vuelva a manifestar la conducta corregida o que el perro vaya a manifestar otros problemas de conducta en caso de no llevar a cabo las indicaciones recomendadas en el informe de final de terapia o que los resultados del adiestramiento tendrán una duración determinada y perduren sin realizar un mantenimiento del mismo cuando sea abandonado el entrenamiento por parte del cliente cuando finalice el trabajo contratado.

    4. 4. Incumplimiento:

      1. 4.1. Ninguna modificación del presente contrato será válida a no ser que se realice por escrito y sea firmada por ambas partes.

      2. 4.2. Se considerará que existe un incumplimiento del contrato cuando:

        1. 4.2.1. Cualquiera de las partes cometa un incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones según lo previsto en este contrato y, si siendo posible remediar dicha infracción, no la subsane en un plazo de quince (15) días laborables a contar desde que fue específicamente requerido por escrito mediante notificación; o

        2. 4.2.2. Cualesquiera otros incumplimientos que tengan una entidad suficiente para determinar la terminación del presente contrato.

      3. 4.3. En intervenciones dadas de alta por Vivendo Entre Peludos en las que transcurrido un período máximo de 3 meses, se percibiese un retroceso en la problemática trabajada con una frecuencia similar a la evaluada inicialmente, Vivendo Entre Peludos se compromete a hacer una sesión gratuita con el educador responsable del caso para realizar una valoración.

    5. 5. Comunicaciones.

      1. 5.1. Las notificaciones a Vivendo Entre Peludos deberán ser dirigidas a la coordinadora de Vivendo Entre Peludos, Raquel Sáez Litwinska:
        - Teléfono: 654 561 200
        - E-mail: info@viviendoentrepeludos.com

      2. 5.2. Para la correcta prestación de servicios por parte de Vivendo Entre Peludos, EL CONTRATANTE autoriza al equipo a ponerse en contacto para comunicaciones relacionadas con los servicios contratados a través de los siguientes medios:
        Teléfonoe-mailwhatsapp

    6. 6. Desde la entrada en vigor del presente acuerdo y de forma indefinida, las partes acuerdan mantener confidencial este acuerdo, así como su objeto, términos y condiciones y los documentos e informaciones derivados del mismo.
      De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 34/2002 de 11 de julio de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, se informa que los datos facilitados a través del presente acuerdo serán incorporados a un fichero titularidad de Vivendo Entre Peludos, siendo empleados con el fin de gestionar los servicios objeto del presente acuerdo. Usted podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, solicitándolo a través del email info@Vivendoentrepeludos.com

    7. 7. El presente contrato se regirá por las leyes vigentes. En relación con el mismo o cualquiera de sus anexos y, en particular, con cualquier diferencia que pudiera surgir entre las partes sobre su interpretación, validez, eficacia, cumplimiento, resolución o rescisión, las partes acuerdan que dichas diferencias serán sometidas a los Juzgados y Tribunales de la comunidad de Madrid, con expresa renuncia de las partes a cualquier otro fuero que en derecho pudiera corresponderles.